Columna de opinión: Regulando el crowdfunding financiero

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El sitio web «Gestión» de Perú, publicó la siguiente columna de opinión acerca del «Crowdfunding».

Las innovaciones digitales han generado una rápida transformación de las industrias. Tomando ventaja de las mayores capacidades tecnológicas, las plataformas de crowdfunding financiero, se convierten en el punto de encuentro de inversores y promotores de proyectos.

¿Por qué todo el mundo está hablando del crowdfunding? En buena parte, porque está experimentando un crecimiento importante, tanto en Estados Unidos como en algunos países europeos.

Varios factores han empujado en esta dirección. Por un lado, la crisis económica de los últimos años, ha limitado la financiación bancaria disponible para algunos agentes o proyectos. Por otro lado, los avances digitales han permitido nuevas formas de advies-crowdfundingcomunicación entre los agentes económicos. Por último, desde la esfera política se está impulsando la financiación basada en mercados, en parte para equilibrar el peso del crédito bancario.

Cabe destacar que el crowdfunding ha venido dando sus primeros pasos sin contar con una regulación específica. De hecho, en la mayoría de los países, el crowfunding financiero forma parte de la llamada “banca en la sombra”, que al quedar fuera del sistema bancario tradicional está sujeto a una regulación más laxa. No obstante, en la medida que estas actividades han ido ganando tracción, la regulación ha avanzado gradualmente o el sistema ha decidido autorregularse para aumentar la confianza.

Hasta hace poco, en España el crecimiento del crowdfunding se ha dado sin la necesaria regulación, tanto para fomentar el acceso a esta financiación, como para proteger al inversor ante problemas de información asimétrica que impliquen posibles riesgos.

PayPal y el crowdfunding fotoRecientemente, sin embargo, se ha publicado la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, que regula esta modalidad de financiamiento en España. En comparación con los primeros proyectos del gobierno, la normativa final es más flexible y permite un mayor desarrollo de la financiación participativa, debido sobre todo a la ampliación de los límites de financiación por proyecto.

Así, se permite la financiación vía crowdfunding de iniciativas de mayor envergadura, al mismo tiempo que se sigue protegiendo a los inversores no profesionales gracias a la delimitación de dos categorías de inversores (acreditados y no acreditados) y al establecimiento de límites a las inversiones de estos últimos.

No obstante, es importante resaltar que, si bien la ley exige publicar cierta información relevante sobre los promotores y los proyectos e informar de forma clara sobre los riesgos inherentes, las plataformas no están obligadas a comprobar la veracidad de la información facilitada por los promotores ni a asegurarse, por ejemplo, de que estos no figuran en ficheros de morosos.

Dicho esto, consideramos que los problemas de asimetría de información, que agravan el riesgo de solvencia de las inversiones, no son menores y debieran ser tomados en cuenta por los inversores. En este sentido, es adecuado que la norma prohíba la utilización de mecanismos automáticos de inversión para los inversores no acreditados, ya que las plataformas no están obligadas a llevar a cabo una evaluación de los riesgos ni se responsabilizan de la solvencia de los proyectos seleccionados.

Esta ley supone un hito positivo fundamental para el desarrollo del crowdfunding en España, toda vez que proporciona un punto de partida para brindar la seguridad jurídica necesaria. De hecho, hubiera sido útil disponer de ella antes, cuando la necesidad de crédito era mayor. En otro tanto, también hay que tener en cuenta que los diferentes países de la Unión Europea vienen desarrollando sus propias regulaciones para el crowdfunding.

En ese sentido, queda claro que el siguiente paso debe ser la armonización de las regulaciones del crowdfunding, en el marco de un mercado europeo que se va haciendo cada vez más integrado y en línea con iniciativas como la Unión del Mercado de Capitales, hecho que ayudará a reducir la fragmentación financiera que tanto daño hace a la consecución de un mercado más competitivo y eficiente.

El crowdfunding puede suponer un excelente complemento al crédito bancario, en particular para proyectos con un nivel de riesgo alto o en sus primeras fases de desarrollo. En cualquier caso, ésta es una apuesta a largo plazo. Durante 2014, en España, este mercado proporcionó dos céntimos de financiación por cada 100 euros de nuevo crédito bancario concedido. Por tanto, hasta que la financiación alternativa tome tracción, lo importante es contar con un sistema financiero sólido que apoye la recuperación económica.

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Juan Pablo Traverso, Ingeniero Civil Industrial y MBE de la Universidad de Chile.

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