Transbank deberá buscar acuerdo con la FNE para implementar modelo de cuatro partes

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Fuente: Diario Financiero

La hoja de ruta que Transbank había trazado para adoptar rápidamente el modelo de cuatro partes tendrá que esperar. Esto, porque la semana pasada el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) se pronunció sobre los escritos judiciales que habían presentado la sociedad ligada a los bancos y la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

En el marco del Decreto Ley N°211 sobre Libre Competencia, el Tribunal ordenó a ambas partes ‘cumplir con sus obligaciones’, sin abordar el fondo de la disputa.

Los ministros María de la Luz Domper, Enrique Vergara, Eduardo Saavedra y Javier Tapia votaron aludiendo a los artículos 31 y 39 del Decreto Ley N°211. Lo anterior fue interpretado por los abogados de Transbank como una invitación a explorar un acuerdo con la FNE y presentar una nueva propuesta al TDLC.

De esta forma, deberá sacar el pié del acelerador, ya que buscaba transitar lo antes posible del actual sistema de medios de pago de tres partes, a uno de cuatro, luego de que a fines de diciembre de 2019 la Corte Suprema sentenciara no realizar discriminaciones de cobros según rubro y volúmenes de venta.

Diferencias con la FNE

Cabe recordar que en febrero, los abogados de Transbank, encabezados por el estudio Ferrada Nehme, presentaron ante el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) un Plan de Cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema, proponiendo un merchant discount fijo de 1,51% para operaciones de tarjetas de créditos y de 0,95% para los plásticos de débito y prepago.

En el escrito ante el TDLC, cuestionaron el rol de la FNE, ya que estiman que el organismo ha usado sus facultades de manera desmedida, incluso, proponiendo esquemas tarifarios (0,4% para tarjetas de crédito y 0,3% para tarjetas de débito y prepago) para el modelo de cuatro partes.

Anteriormente, a fines de enero los abogados de la FNE, Manfred Zink y Alejandro Domic habían presentado ante el Tribunal que el organismo público ‘considera que el cumplimiento íntegro y oportuno por Transbank en los términos propuestos, evitará que dicha empresa incurra en una conducta contraria a la libre competencia, coherente con la naturaleza preventiva y de certeza de la facultad consultiva y con lo dispuesto en el artículo 32 del mismo D.L.211′.

La respuesta de Transbank no tardó en llegar al Tribunal, argumentando que la idea de la FNE carecía de sustento jurídico y era inconstitucional, dado que sería una fijación de precios sin autorización legal.

Así, de acuerdo a la última resolución del Tribunal, las partes deberán encontrar un punto de encuentro y dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Suprema de diciembre de 2019.

Fuentes ligadas al proceso sostienen que las fiscalías de Transbank y la FNE estarían dispuestas a iniciar un diálogo durante los próximos días.

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