Fuente: Diario Financiero
¿Cómo debe regularse la relación laboral entre las aplicaciones y los trabajadores? ¿Qué derechos deben garantizarse para este tipo de trabajadores? Esas son algunas de las preguntas que espera discutir en Chile Janine Berg, especialista en mercado laboral de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Y lo hará desde la experiencia que le significó el estudio “Las plataformas digitales y el futuro del trabajo” que realizó junto a otros expertos, el cual representa una de las principales investigaciones de la entidad sobre las nuevas formas de empleo.
Quizás, por lo mismo, no duda en dar su diagnóstico sobre los trabajadores que involucran las aplicaciones: los países no deben centrarse sólo en otorgar derechos de protección social, sino también en garantizar el acceso a los derechos laborales, lo que significa reconocer la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva.
– ¿Cuál es la visión de la OIT sobre la transformación tecnológica y las plataformas digitales en el mercado laboral?
– La Comisión Mundial sobre el Futuro del Trabajo de la OIT pidió que se adoptara un enfoque de la tecnología que sea a favor del trabajo decente, lo cual significa que la tecnología debería ser bajo “control humano”.
La Comisión reconoció que hay beneficios de la tecnología y que era necesario que las sociedades, los gobiernos, los sindicatos y los empleadores comprendieran, aprovecharan y dirigieran estas oportunidades en lugar de limitarse a reaccionar ante ellas con un actitud de determinismo tecnológico.
Los efectos de la revolución tecnológica en el mercado laboral son variados y la OIT reconoce que hay beneficios y riesgos. Algunos de los avances son muy positivos, especialmente cuando las tecnologías pueden liberar a los trabajadores de tareas arduas o peligrosas. Pero también puede haber riesgos, por ejemplo, con respecto a la privacidad de los datos de los trabajadores, la falta de mecanismos de recursos para trabajadores de plataformas digitales y, por supuesto, los desafíos para la regulación de la mano de obra de estas nuevas formas de trabajo.
– En Chile las centrales sindicales están preocupadas por los efectos de la denominada IV Revolución Industrial, dicen que generará pérdida de empleo, ¿es fundado ese temor?
– Algunas de las predicciones sobre la pérdida de empleos como resultado de la tecnología y la inteligencia artificial parecieran estar sobreestimadas. Vemos, sin embargo, que habrá cambios importantes en las tareas del trabajo, lo que sin duda transformará los empleos. Hay algunas ocupaciones que desaparecerán y otras que se crearán, como ha sucedido en todas las revoluciones tecnológicas del pasado.
En consecuencia, necesitamos contar con políticas que puedan ayudar a los trabajadores en esa transición, incluido, por supuesto, el seguro de desempleo. Pero también es necesario que se conceda mayor importancia al aprendizaje a lo largo de toda la vida, para que los trabajadores puedan adaptarse mejor a esos cambios. Además, tenemos que asegurarnos de que los nuevos puestos de trabajo que se creen estén regulados, de modo que no sustituyamos los “decentes” por puestos de trabajo precarios.
– ¿Qué desafíos impone este cambio a la forma en que se regula el mercado laboral?
– Nuestra investigación en la OIT se ha centrado en las plataformas laborales digitales transfronterizas precisamente por el desafío que suponen para la regulación. La plataforma puede estar en California, el cliente en Alemania, y los trabajadores en todo el mundo. No es evidente cómo regular las condiciones laborales en estas plataformas. ¿Es el cliente responsable de las condiciones laborales del trabajador o la plataforma? Y si aplicamos las leyes del lugar donde vive el trabajador, ¿cómo asegura la plataforma la protección de su fuerza laboral geográficamente diversa -suponiendo que se reconozca la relación del trabajo-? Estas no son preguntas fáciles. Pero la situación actual tampoco es buena.
Actualmente, el trabajo está siendo regulado de acuerdo a los términos de servicio de la plataforma, los cuales pueden ser impuestos y cambiados unilateralmente. En muchos casos, los trabajadores carecen de mecanismos de reparación, su cuenta puede cerrarse por capricho, hay fraude, lo que conduce a una pérdida de ingresos, y, en muchos casos, los trabajadores están ganando por debajo del salario mínimo en su jurisdicción.
No sólo protección, también derechos
– ¿En qué aspecto se centra el estudio de “Las plataformas digitales y el futuro del trabajo”?
– El informe incluye uno de los primeros estudios comparativos sobre las condiciones de trabajo en las plataformas dedicadas a la asignación de microtareas, y se centra en aspectos como las tarifas, la disponibilidad y la intensidad de trabajo, los rechazos, la ausencia de pago, la comunicación del trabajador con los clientes y los operadores de las plataformas, la cobertura de la protección social y los tipos de tareas efectuadas.
En torno a esta investigación, como autores, ofrecemos recomendaciones para mejorar las condiciones de trabajo, entre las que están: otorgar un estatus adecuado a los trabajadores, garantizar la transparencia en los pagos y las comisiones cobradas por las plataformas, garantizar que los trabajadores puedan rechazar tareas, entre otras (ver recuadro).
– La regulación de las plataformas y su modelo de empleo es una materia nueva para muchos países, ¿cuál es el primer eje o área en el que deben enfocarse al momento de comenzar a regular?
– Diría que se trata de mecanismos de reclamación, contar con mecanismos neutrales de resolución de conflictos que permitan a los trabajadores impugnar el trato injusto.