SBIF revisa normativa internacional para retrasar transferencias

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Fuente: www.latercera.com

Desde el regulador señalaron que se encuentran analizando la materia, y que de considerarse adecuado, modificarán la norma de transferencia electrónica de fondos.

En pleno análisis se encuentran al interior de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF). Tras el ciberataque a Banco de Chile en el que extranjeros lograron sustraer US$10 millones de sus cuentas, la industria solicitó al regulador modificar la normativa que regula las transferencias electrónicas con miras a eliminar la instantaneidad para ciertos montos.

Consultada al respecto, desde la SBIF señalaron que “la Superintendencia se encuentra analizando por su parte la normativa internacional y la experiencia local e internacional en la materia. De considerarse adecuado, la Superintendencia dispondrá eventuales modificaciones a la norma de Transferencia electrónica de información y fondos (Capítulo 1-7 de la Recopilación Actualizada de Normas de la SBIF), cuyo alcance y plazo serán determinados en su oportunidad”.

Dicha normativa indica en su punto 4, referida a “Transferencias electrónicas de fondos entre clientes de distintos bancos”, que “con el objeto de proveer mayor seguridad y un mejor servicio a sus clientes, los bancos deberán disponer que las transferencias que se realicen a través de canales electrónicos se cumplan de forma inmediata, en la medida que exista la correspondiente provisión de fondos”.

En la industria recalcan que justamente dicho aspecto de la normativa es el que debe ser modificado, pues el concepto de inmediatez es único en las regulaciones de los países más desarrollados, y en aquellas jurisdicciones en que existe la instantaneidad se debe a acuerdos comerciales entre entidades financieras.

En la Unión Europea la directiva 2366 del Parlamento Europeo apunta a que “todas las órdenes de pago iniciadas por el ordenante y denominadas en euros o la moneda de un Estado miembro cuya moneda no es el euro, incluidas las transferencias y las remesas de dinero, deberían estar sujetas a un máximo tiempo de ejecución de 1 día”.

Recién en noviembre de 2017 la banca del Viejo Continente inauguró el sistema de transferencias inmediatas, la que garantiza que se completa la operación en 10 segundos. A dicho sistema se unió España en febrero de este año, aunque para mayo sólo ocho entidades las realizaban. Con todo, estas transferencias tienen un límite de 15.000 euros, además de tener una comisión.

En tanto, en EEUU la normativa de la Fed sobre disponibilidad de fondos indica que “un banco debe hacer que los fondos recibidos para depositar en una cuenta mediante un pago electrónico estén disponibles para su retiro a más tardar el día hábil posterior al día bancario en que el banco recibió el pago electrónico”.

En el caso chileno, el retraso en las transferencias sólo se estaría pensando para montos mayores. Así lo señaló el presidente de BancoEstado, Arturo Tagle, en la Comisión de Economía del Senado, instancia en la que comentó que la medida “es más viable en las empresas, transferencias de $10 millones hacia arriba, donde es razonable hacer un chequeo, como llamar al cliente”.

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